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22/12/2014 - EL PAIS
Las exigentes condiciones que las entidades financieras piden a sus clientes dispararon el número de reclamaciones y quejas registradas ante el Banco de España. El supervisor recibió 34.645 reclamaciones durante 2013, lo que representa un aumento del 142,1% respecto al año precedente, según la memoria publicada este lunes por el regulador bancario.
La mitad de todas las quejas están relacionadas con las cláusulas suelo —los topes mínimos de intereses que las entidades incluyen en las hipotecas—. En total, el Banco de España recibió 18.387 reclamaciones relacionadas con estos topes mínimos que impiden disfrutar de la bajada del euríbor y que la justicia considera abusivas. El Supremo dictó una sentencia en mayo de 2013 en la que consideraba que aunque son "lícitas", estas condiciones deben ser "comprensibles y transparentes". Y declaró nulas este tipo de cláusulas que aplicaban algunas entidades como BBVA, NCG o Cajas Rurales Unidas a partir de la fecha de la sentencia, aunque no de forma retroactiva.
Desde entonces, los tribunales han dictado un aluvión de sentencias contra el límite de bajadas que los bancos establecían en las hipotecas. Las entidades están perdiendo este año cerca del 90% de las demandas en los juzgados y en las audiencias provinciales. Esta circunstancia ha provocado un cambio en la estrategia en la banca, que opta más por negociar con los clientes que por llegar a los tribunales.
La memoria del Banco de España muestra una foto fija sobre las reclamaciones recibidas el pasado año. El informe, de 426 páginas, consta con un capítulo exclusivo para analizar el fenómeno de las cláusulas suelo. El supervisor explica que en el 82% de los expedientes relacionados con este tipo de condiciones hipotecarias se saldan a favor del reclamante y en el 18% de los casos se emitió un informe a favor a las entidades. "Son numerosas las reclamaciones presentadas invocando no haber sido informados por las entidades de la existencia de un límite inferior al tipo de interés aplicable a sus préstamos que les impide beneficiarse de las bajadas del tipo de interés de referencia cuando la suma de este, más el diferencial pactado, es inferior al límite mínimo fijado en la controvertida cláusula suelo", apunta el Banco de España.
El Banco de España, además de recopilar los datos sobre reclamaciones, también lanza advertencias a las entidades financieras. "Deberían ser más activas y atender de modo más temprano las reclamaciones en sus servicios de atención al cliente, así como rectificar su actuación contraria a la normativa sobre transparencia y/o buenas prácticas bancarias".
El supervisor bancario justifica el aumento paulatino de las reclamaciones por "la creciente complejidad de los productos financieros, una mayor sensibilidad de los consumidores de servicios bancarios y la incidencia de la actual coyuntura económica pueden explicar esta evolución global de las reclamaciones que, al margen de las cláusulas suelo".
Al margen de las cláusulas suelo, otro 31% de las quejas tiene que ver con los préstamos y los créditos. Aunque mantienen una tendencia descendente, que se corresponde también con la menor cantidad de préstamos concedidos por las entidades. Las operaciones de pasivos, aquellas que afectan a depósitos, cuentas corrientes e imposiciones, aumentaron un 40% durante 2013 hasta representar un 28,4% del total. "Citibank, NCG Banco y Cajas Rurales Unidas figuran como las entidades con una mayor ratio de reclamaciones", según se desprende de la Memoria anual del Banco de España.
Respecto a las zonas geográficas donde más quejas se presentan por diferencias con las entidades financieras destacan Madrid, Andalucía, Comunidad Valenciana, Cataluña, Castilla y León y Galicia. Entre todas ellas suman 11.741 reclamaciones, lo que representa el 72,21% del total, un porcentaje muy similar al de años anteriores. "Madrid continúa siendo el territorio donde tiene su origen el mayor número de reclamaciones con 3.835 (un 23,6% del total), si bien este hecho hay que ponderarlo con la circunstancia de que sea Madrid la comunidad autónoma que presenta un mayor volumen de actividad financiera", precisa el informe.
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23/10/2014 - NUEVA SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO
El Tribunal Supremo vuelve a 'tumbar' otras 8 cláusulas suelo de hipotecas por abusivas.
Nuevo varapalo de la Justicia a las prácticas abusivas de los bancos. El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha dictado nueva sentencia, de 8 de septiembre de 2014 -dada a conocer hoy- sobre cláusulas suelo incorporadas a préstamos hipotecarios y sobre el necesario control de transparencia.
La sentencia, de la que es ponente el magistrado Orduña Moreno, reitera la doctrina ya fijada por su nada pacífica sentencia de 9 de mayo de 2013 en orden a la consideración de la cláusula suelo inserta en los préstamos hipotecarios como una cláusula impuesta al consumidor y no negociada.
En aquel fallo el Pleno de la Sala de lo Civil partió del concepto de control de transparencia entendido como aquel en el que "el consumidor tenga un conocimiento real de cuál es el sacrificio económico y de la carga jurídica que se deriva del contrato". Como consecuencia, en el caso concreto, declaró la nulidad de las cláusulas por falta de transparencia y condenó a eliminarlas y a abstenerse de ponerlas en el futuro.
Consagración definitva
El nuevo fallo, continúa en esta línea y consagra definidamente el control de transparencia real que se enmarca en el control general de abusividad y que implica el necesario cumplimiento por el predisponente de unos especiales deberes a la hora de configurar estos contratos que permitan que el consumidor comprenda realmente las consecuencias jurídicas y económicas del producto o servicio ofertado. Y este control de transparencia no se reduce a la necesidad de que las cláusulas sean simplemente claras desde el punto de vista gramatical.
Esta vez, el Supremo ha valorado las cláusulas insertas en los préstamos de Caja Segovia, aprecia que la cláusula suelo no supera este juicio de transparencia al no formar parte de las negociaciones y tratos preliminares que se llevaron a cabo, ni tampoco resultó destacada y diferenciada en el contrato ni en la previa oferta vinculante al quedar inserta en una cláusula mucho más amplia y genérica sobre el interés variable.
Sin declaración de irretroactividad
La sentencia concluye que la Sala se ve imposibilitada de examinar las consecuencias de la declaración de nulidad de la cláusula suelo a la hora de declarar si las cantidades cobradas por el banco en aplicación de dicha cláusula habrían de devolverse al consumidor ya que tal cuestión fue rechazada en primera instancia y no fue recurrida en apelación por la parte perjudicada.
Lo cierto es que, las principales quejas a la sentencia del Supremo del pasado 9 de mayo se derivaron, precisamente, en que el Alto Tribunal se decantó por la no irretroactividad -es decir, por la no devolución de las cantidades indebidamente pagadas por los clientes de los bancos en base a esas cláusulas ahora declaradas nulas- basándose, entre otras cosas, en "el posible riesgo de trastornos graves con transcendencia en el orden público" por las ingentes cantidades que la banca se vería obligada a devolver.
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20/03/2013 - SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO
El TS declara la nulidad de las cláusulas suelo de BBVA, Cajamar y Caixa Galicia (NCG) en sus contratos hipotecarios
EL TRIBUNAL SUPREMO SE PRONUNCIA CONTRA LA CLÁUSULA SUELO
La AUB, siguiendo con su intensa actividad de combatir las cláusulas abusivas que la banca incorpora a los contratos que suscribe con sus clientes, y tal y como hiciera entre otras con la cláusula de redondeo al alza en préstamos hipotecarios a interés variable, promovió una acción colectiva de cesación contra la cláusula de limitación mínima del tipo de interés de los préstamos hipotecarios (comúnmente conocida como cláusula suelo), a la que se adhirió íntegramente el Ministerio Fiscal, que fue estimada por el Juzgado de lo mercantil nº 2 de Sevilla, el cual anuló por abusivas estas cláusulas y prohibió a las tres entidades financieras demandadas, BBVA, Novacaixagalicia y Cajamar, su utilización en un futuro.
Posteriormente, en un fallo sorprendente, la Audiencia Provincial sevillana contradijo esta decisión, de manera que se interpuso recurso de casación, al igual que el Ministerio Fiscal, contra dicha sentencia de segunda instancia que en el día de ayer fue sometido al Pleno del Tribunal Supremo para su deliberación, votación y fallo.
El TS ya se ha pronunciado y ha declarado nulas las cláusulas suelo de estas tres entidades.